TODO POR LA PASTA

18.06.2018 08:45

Las normas del Colegio de Abogados respecto al ejercicio de la Abogacía son muy claros, existe un completo Código Deontológico ( ya expuesto en este Blog ), que se debe cumplir y que de no hacerlo puede dicho profesional quedar inhabilitado para su función.

Una de las máximas del mismo es darle cobertura jurídica a su cliente pero nunca involucrarse en los negocios o actividades que desarrolle.

Es por ello que un Abogado que:

Constituya Sociedades y realice operaciones económicas de comformidad con su cliente.

Simula apoyarlo juridicamente mientras está a las órdenes de la " TRAMA " que intenta apoderarse de los recursos de su cliente, llegando a cobrar las minutas por parte de quienes le dan instrucciones - Importantes personajes para quienes 50.000€ es como pagar un café.

Perjudica deliberadamente a su cliente en los procedimientos judiciales que tiene en curso.

Intenta mediatizar a la Justicia a través de una Fiscal con quién mantiene gran amistad.

Utiliza a Colaboradores para presionar, amenazar e influir en miembros de la Mayor Operación Financiera Fraudulenta de España.

etc ..........  etc ..........  etc ..........

Es que no solo no merece ser Abogado sinó además debería dar cuenta ante la Justicia.